Acerca de
Política de Crédito y Cobranza
Versión: 01
Fecha de aprobación: 03/03/2026
PESCADERÍA FRANKO ANDRE S.A.C.
RUC N.º 20609870096
I. FINALIDAD
La presente Política de Crédito y Cobranza tiene por finalidad establecer normas claras, objetivas y obligatorias para la evaluación, otorgamiento, control y recuperación de créditos comerciales otorgados a clientes, con el objetivo de:
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Proteger el flujo de caja de la empresa.
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Reducir el riesgo de incobrabilidad.
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Estandarizar criterios de otorgamiento de crédito.
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Minimizar contingencias legales y tributarias.
II. ALCANCE
La presente política es de cumplimiento obligatorio para:
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Gerencia General
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Área Comercial
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Área Administrativa
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Área Contable
Aplica a todas las ventas al crédito realizadas por la empresa.
III. PRINCIPIOS GENERALES
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Toda venta será al contado, salvo aprobación expresa de crédito.
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El crédito no es un derecho del cliente, sino una facultad discrecional de la empresa.
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Ninguna mercadería será despachada sin el cumplimiento de los requisitos establecidos.
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En productos perecibles, el riesgo crediticio es alto; por tanto, se prioriza el pago anticipado.
IV. CLASIFICACIÓN DE CLIENTES
Los clientes se clasifican en:
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Cliente Nuevo
Aquel sin historial comercial con la empresa.
Condición: Solo venta al contado o con adelanto mínimo 50%.
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Cliente Recurrente
Aquel con mínimo 3 operaciones cumplidas sin mora.
Puede acceder a línea de crédito limitada previa evaluación.
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Cliente Corporativo
Empresa formal con historial verificable, RUC activo y buen récord crediticio.
Puede acceder a crédito con garantía documentaria.
V. REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE CRÉDITO
Todo cliente que solicite crédito deberá presentar:
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Ficha RUC actualizada.
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Vigencia de poder del representante legal.
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Copia DNI representante.
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Orden de compra firmada.
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Datos completos de contacto administrativo.
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Referencias comerciales (si el monto supera S/ 20,000).
La empresa se reserva el derecho de verificar centrales de riesgo.
VI. CONDICIONES GENERALES DE CRÉDITO
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Monto máximo inicial: S/ 15,000.
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Plazo máximo estándar: 7 días calendario.
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Para montos mayores a S/ 20,000 → obligatorio título valor firmado.
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Para montos mayores a S/ 50,000 → obligatorio aval solidario.
VII. GARANTÍAS OBLIGATORIAS
Toda venta al crédito deberá estar respaldada por:
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Letra de cambio firmada.
O
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Pagaré firmado.
En montos altos, adicionalmente:
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Aval solidario del representante legal o socio.
No se otorgará crédito únicamente contra factura.
VIII. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN
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Área Comercial solicita aprobación.
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Área Administrativa evalúa documentación.
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Gerencia autoriza por escrito.
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Se firma título valor.
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Recién después se despacha mercadería.
Sin firma previa del título valor → no se entrega producto.
IX. SEGUIMIENTO Y CONTROL
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A los 3 días antes del vencimiento → recordatorio preventivo.
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Día de vencimiento → confirmación de pago.
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1 día vencido → llamada formal.
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3 días vencido → requerimiento escrito.
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5 días vencido → carta notarial.
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10 días vencido → evaluación para conciliación o demanda.
X. CLIENTE MOROSO
Se considera cliente moroso a aquel que:
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Incumpla el plazo pactado.
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No responda comunicaciones.
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Solicite prórrogas reiteradas sin sustento.
Consecuencias:
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Suspensión inmediata de crédito.
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Bloqueo de nuevas ventas.
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Activación de cobranza legal.
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Reporte a centrales de riesgo conforme a ley.
XI. REFINANCIAMIENTO
Solo podrá aprobarse cuando:
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El cliente reconozca la deuda por escrito.
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Se firme nuevo título valor.
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Se pague mínimo 30% como inicial.
Toda refinanciación debe estar formalizada por escrito.
XII. ACCIONES LEGALES
En caso de incumplimiento persistente:
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Carta notarial.
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Conciliación extrajudicial.
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Demanda judicial (proceso ejecutivo si existe título valor).
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Solicitud de embargo de cuentas o bienes.
La empresa no mantendrá relaciones comerciales con clientes judicializados.
XIII. PROVISIONES CONTABLES
Las deudas vencidas mayores a 12 meses o judicializadas serán evaluadas para provisión contable conforme a normativa tributaria vigente, con sustento documentario de gestión de cobranza.
XIV. PROHIBICIONES
Queda prohibido:
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Entregar mercadería sin orden de compra.
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Otorgar crédito verbal.
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Aceptar pagos sin comprobante.
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Refinanciar sin documento firmado.
XV. RESPONSABILIDAD INTERNA
El colaborador que incumpla esta política y genere pérdida económica podrá ser sujeto a medidas disciplinarias internas.
XVI. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN
La presente política podrá ser modificada por Gerencia General cuando la situación financiera o comercial lo requiera.
